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CI-38275-F-0000 – “S.M.B. C/ A.C. S/ REGIMEN DE COMUNICACIÓN” - UNIDAD PROCESAL Nº 5 (JUZGADO DE FAMILIA N° 5) DE CIPOLLETTI (Río Negro) – 14/02/2024 (Sentencia no firme)
RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN. Abuela paterna que solicita se fije régimen de comunicación con su nieta. Nieta que acusó a su padre de abuso sexual. Rechazo. INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO. Abuela que ha desplegado una serie de actividades en redes sociales, radio, televisión, etc. exponiendo la situación, sindicando que se trató de una falsa denuncia y comentando cuestiones personales de manera reiterada. “INCONTINENCIA DIGITAL”. DERECHO A LA INTIMIDAD de la niña que se vulnera. Decreto N° 415/2006. Reglamentación del art 2 LEY 26061. Se rechaza la solicitud realizada.
Citar: elDial.com - AADE15
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Términos mencionados en este fallo: derecho, superior, intimidad, sociales, comunicación, derechos, comunicación, procesal, cuestiones, reglamentación.